La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo establece la obligación para las empresas de realizar regularmente auditorías a sus Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Se trata de un procedimiento sistemático, independiente y documentado, cuyo cumplimiento es obligatorio y debe ser realizado por un profesional acreditado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo – MINTRA.

Esta auditoria se realiza en cumplimiento de la Ley de Seguridad y Salud N° 29783– Artículo 43.: El empleador realiza auditorías periódicas a fin de comprobar si el sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo ha sido aplicado y es adecuado y eficaz para la prevención de riesgos laborales y la seguridad y salud de los trabajadores.

Periodicidad de las auditorias -DS 014-2013 – Artículo 15:

  • Cada dos años:  Empresas que realizan actividades de riesgo comprendidas en el Anexo 5 del Reglamento de la Ley de modernización de la seguridad Social en Salud.
  • Cada tres años:  Empresas que no realizan actividades de riesgo.
  • Solo cuando la autoridad lo solicita:  Empresa de hasta 10 trabajadores que no se encuentren en el listado de actividades productivas de alto riesgo.

¿Qué resultados puede esperar la empresa?

Orden en la gestión

Se proporcionan recomendaciones precisas para potenciar la gestión del sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en todas sus líneas y encauzar su crecimiento a corto, mediano y largo plazo.

Mayor Eficacia de la Alta Dirección

Se proporcionan recomendaciones para mejorar el compromiso de la Alta Dirección en el desarrollo del sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Cumplimiento con la Legislación Vigente

Cumplimiento con la Ley N°29783 y el DS 014-2013, evitamos multas y aseguramos la mejora continua del sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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